MUNICIPIO ELABORA DOCUMENTO PARA DAR PERMISOS PARA LA EXTRACCION DE LEÑA SECA.

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9 febrero, 2017

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Cd. Cuauhtémoc, Chih.- La Dirección de Desarrollo Rural del Municipio de Cuauhtémoc, elaborará un documento para expedir permisos para la extracción de leña seca, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

Será sometido al escrutinio del Cabildo para su aprobación y contendrá requisitos, tiempos de respuesta, horarios de atención, información del área encargada de resolver y si el trámite tendrá algún costo.

Se adelantó que los permisos sólo se otorgarán del primero de octubre al 30 de abril, de cada año, y solamente será para el control de leña seca.

Se le pedirá al solicitante que acredite la propiedad o el derecho para realizar la extracción de leña. En este último caso deberá presentar autorización por escrito con firma autógrafa del dueño del predio, con una fotocopia de su identificación.

Los permisos tendrán efecto sólo dentro del territorio del Municipio de Cuauhtémoc, no tendrá una vigencia mayor a 24 horas después de su expedición y no será por más de tres metros cúbicos de leña mensuales por familia.

Los únicos autorizados para firmar cada permiso denominado “Anexo 1” serán el Presidente Municipal y/o el Director de Desarrollo o el Director de Desarrollo Forestal

Esta iniciativa tiene como propósito apoyar a los productores rurales que habitan en zonas urbanas dentro de los municipios, evitar el robo de leña y las extorsiones de las que en ocasiones son víctimas por parte de ciertas autoridades.

El Gobierno del Estado por conducto de la Secretaría de Desarrollo Rural, en coordinación interinstitucional con los actores del sector forestal, diseñó este instrumento jurídico para facilitar el transporte de leña uso doméstico.

El Anexo 1 o “Acuerdo de Colaboración para la Definición de las bases para compilar y profesar la información sobre el uso doméstico de los recursos forestales en los municipios”, es un acuerdo de voluntades y deberá ser validado por el Consejo Estatal Forestal, previo a la firma del mismo por la representación del Municipio, la Asociación de Productores Forestales, Semarnat, Profepa y Gobierno del Estado, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Rural.

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